- Con el auge de las nuevas tecnologías, derechos esenciales como el honor, intimidad y propia imagen, requieren una mayor protección. En relación a ello, Mario Bonacho, letrado especialista en el área de derecho al honor en la firma de AVERUM Abogados, realiza una investigación bajo el título “La intromisión ilegítima virtual: ¿necesaria modificación del dies a quo del plazo de caducidad?” en la revista jurídica Economist & Jurist. El autor nos invita a reflexionar sobre el papel del legislador, quien debe amparar esos derechos elementales, haciendo hincapié en el apartado 5 del artículo 9 de la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo. Con ello se pretende frenar las intromisiones ilegítimas, que los sitios web o redes sociales están causando día tras día.
- Otra de las publicaciones elaboradas por Bonacho es “Redes sociales, páginas webs y derecho al honor, intimidad y propia imagen: ¿posible ejecución provisional de pronunciamientos de carácter indemnizatorio?”, disponible en el portal digital Civil Mercantil del Centro de Estudios Financieros (CEF). En esta ocasión, el autor reflexiona sobre la ineficacia del tercer apartado del artículo 525 de la actual Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) y, además, analiza las diversas consecuencias que existen al estar, frecuentemente, expuestos a las Tecnologías de Información y Comunicación (TIC).
- En el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid existe la posibilidad de llevar a cabo el curso monográfico online “Derechos de la personalidad: la protección civil del Derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen”, con el objetivo de estudiar el régimen jurídico, así como las técnicas legales imprescindibles para el ejercicio de la abogacía en estas materias.
- En muchas ocasiones, no somos conscientes de que los derechos fundamentales pueden verse vulnerados día tras día. Así pues, otra de nuestras recomendaciones se centra en el papel que desarrolla la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Se trata de un organismo público encargado de velar, según la propia AEPD, por los derechos de “acceso, rectificación, limitación, oposición, supresión (`derecho al olvido´), portabilidad y oposición al tratamiento de decisiones automatizadas”.
- Por último, y en relación a la protección de datos, hace unos días se aprobaba la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales (LOPD); que hace una modificación del obligado cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), incluyendo nuevos derechos digitales que afectan a las empresas, instituciones y ciudadanos españoles. Por ello, nos gustaría cerrar este espacio con la lectura del artículo “Las claves de la nueva Ley de Protección de Datos” en el diario ABC donde se dan a conocer las principales medidas de dicha ley.