Delito de descubrimiento y revelación de secretos, la consecuencia de difundir vídeos íntimos sin consentimiento

by AVERUM Abogados

Delito de descubrimiento y revelación de secretos, la consecuencia de difundir vídeos íntimos sin consentimiento

Recientemente, hemos podido conocer el caso de un joven de 29 años, que ha sido detenido en Benidorm (Alicante), por un presunto delito de descubrimiento y revelación de secretos. El acusado grabó una relación íntima con una mujer y a posteriori, comenzó a distribuirlo por WhatsApp a varios de sus contactos.

Se le atribuye un presunto delito de descubrimiento y revelación de secretos

Los protagonistas de esta historia, se conocieron en un local de ocio de la localidad de Benidorm, y después de entablar una conversación; quedaron para pasar la noche juntos acabando en casa del acusado.

Aunque la cita acabó en un encuentro íntimo (con consentimiento por ambas partes); la mujer se percató de que el investigado había grabado todo sin su permiso, ni su conocimiento.

Por lo que la joven exigió acceder al teléfono móvil del detenido, y efectivamente comprobó que éste había grabado el encuentro y, acto seguido; le exhortó que borrar dichos vídeos del terminal.

EL autor de los hechos, había rescatado el contenido multimedia

Tras haberse marchado de la casa del acusado, el supuesto autor de los hechos restauró los vídeos previamente borrados delante de la víctima del supuesto delito de descubrimiento y revelación de secretos.

Unos días más tarde, ante la posibilidad de que el hombre hubiese restaurado los vídeos, ésta decidió quedar con él para averiguar si realmente había borrado dichos vídeos. Y, efectivamente, se dio cuenta de que había enviado el contenido del vídeo a siete de sus contactos e hizo lo que hay que hacer en estos casos, ponerlo en manos de La Policía.

Finalmente, los agentes pudieron localizar los receptores, acreditando que el vídeo no se había enviado a nadie más. Tras hacer las pesquisas pertinentes, el CNP, les ha recordado a los receptores del material audiovisual, que estarían imputados también si hubiesen reenviado dicho contenido multimedia bajo un delito penal por “reenvío en cadena” de este tipo de contenido obtenido de forma ilegal.

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