La protección del derecho a la intimidad de los hijos de celebrities

by AVERUM Abogados

La protección del derecho a la intimidad de los hijos de celebrities

Los descendientes de los personajes públicos son un colectivo que tiene una mayor vulnerabilidad en los medios de comunicación, ya que están expuestos a un sinfín de intromisiones ilegitimas y, por tanto, se requiere una especial protección en cuanto a su derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen se refiere.

A día de hoy, y según la Ley Orgánica 1/1982, los medios españoles no pueden mostrar el rostro de los hijos de famosos al no ser que dispongan del consentimiento de los propios padres, el cual a su vez debe estar ratificado por el Ministerio Fiscal. Es decir, no solo vale disponer de la autorización de los progenitores o representantes legales, sino que también tiene que estar avalada por el ministerio público. El objetivo es evitar que algunos padres se beneficien por la utilización de las imágenes de los menores.

Para los medios de comunicación, en los que prima la actualidad e inmediatez, este procedimiento jurídico resulta bastante complejo. Ante esta situación, y desde hace ya un tiempo, se ha optado por distorsionar o tapar la cara del menor, lo cual según ha manifestado el Tribunal Supremo en diversas ocasiones pixelar los ojos no es suficiente para no ver conculcado el derecho fundamental a la propia imagen del menor.

La despixelación

Ahora bien, cuando el menor alcanza la mayoría de edad pierde esa protección de forma casi inmediata, pues los medios no dudan en enseñar su rostro, alegando su ejercicio de libertad de información. Un ejemplo de estas características sucedió hace relativamente poco tiempo, cuando Andrea Janeiro, hija de la televisiva Belén Esteban y del torero Jesulín de Ubrique, cumplió 18 años, convirtiéndose en uno de los casos más mediáticos de nuestro país.

Pixelación vs redes sociales

El hecho de pixelar el rostro de los menores en los medios se ha convertido en tema de debate en la actualidad. Y es que cada vez son más los personajes públicos que comparten fotografías de sus hijos en sus correspondientes redes sociales. Entonces, ¿qué sentido tiene hacer uso de los píxeles si hay padres que no protegen la intimidad de los niños al mostrarles en sus perfiles sociales?

Desde AVERUM Abogados, una firma especializada en derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen, determinan que la legislación sobre este tema en las redes sociales aún no se encuentra regulada. Sin embargo, sí que existen pronunciamientos judiciales que se pronuncien al respecto. Por ello, las opiniones son muy diversas. Por un lado, nos encontramos con aquellos que defienden que no hay necesidad de pixelar el rostro del menor si los progenitores le han enseñado previamente en sus plataformas y, por otro lado, aquellos que piensan todo lo contrario, es decir, que a pesar de la publicación, existe la obligación de acudir siempre a la pixelación.

Si necesitas ayuda de un profesional en un contencioso legal, no dudes en ponerte en contacto con AVERUM Abogados.