Nuestras recomendaciones de invierno

by AVERUM Abogados

Nuestras recomendaciones de invierno

Tras un aumento considerable del hackeo de las cuentas de redes sociales y en concreto, de Instagram, a personajes públicos por parte de ciberdelincuentes, AVERUM Abogados, firma especializada en Derecho al Honor, Intimidad y Propia Imagen, y onBRANDING, consultora de reputación online, han analizado en el portal Digitalis las diversas vías legales de actuación con el objetivo de poner fin a los ciberataques en las plataformas online.

Sin embargo, este no es el único problema al que se enfrentan los famosos en su día a día, ya que muchos de ellos ven cómo su derecho al honor, intimidad y propia imagen puede damnificarse. Sin irnos más lejos, un cliente de AVERUM Abogados vio cómo las imágenes que su hijo había publicado en YouTube fueron utilizadas por Telecinco al objeto de ilustrar un reportaje que versaba sobre un proceso penal en el que toda una familia se vio involucrada. Ante estos hechos, la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca otorgaba la razón a la Firma, protegiendo así la propia imagen de dicho cliente.

Haciendo hincapié en otra red social como Instagram, cabe decir cómo se ha convertido en una de las favoritas entre usuarios y empresas, impulsando de manera indirecta el marketing de influencia. Ante este escenario, en el que existe un vacío legal, Todo Juristas ha elaborado un artículo, con el objetivo de dar respuesta a si es necesaria o no una Ley para los denominados influencers.

Debido al nuevo procedimiento, publicado en el BOE, de actuación contra la desinformación que el Gobierno quiere aplicar en España, Mario Bonacho, letrado responsable de las áreas de Delitos contra la Intimidad y Defensa de la Reputación Corporativa en AVERUM Abogados, ha realizado un análisis exhaustivo en la revista jurídica Economist&Jurist para determinar el posible control de la prensa con la finalidad de luchar contra las fake news.

Entre las últimas novedades legislativas de esta temporada, no podemos pasar por alto que el Tribunal Supremo ha reconocido el derecho al olvido de las búsquedas realizadas en Internet a través de dos apellidos de la persona afectada, siempre y cuando, el derecho al honor, intimidad o propia imagen pueda verse vulnerado y, por tanto, no haya interés público.