Europa trabaja en la regulación de la Desconexión Digital del trabajador

by AVERUM Abogados

Europa trabaja en la regulación de la Desconexión Digital del trabajador

El Parlamento Europeo ha aprobado una resolución sobre el derecho a la desconexión digital de los trabajadores, de hecho, se insta a la Comisión para abordarlo legislativamente.

Uno de los grandes cambios que ha traído la COVID19, ha sido la implantación del teletrabajo en la mayoría de empresas capaces de aplicarlo. Esto ha supuesto que se reabra el debate sobre la desconexión digital, ya que, a raíz del confinamiento; son muchos los trabajadores que han notado un aumento del uso de plataformas digitales, más allá de sus horarios laborales.

La no desconexión

El no garantizar una desconexión laboral supone una serie de riesgos y, por tanto, se pone en peligro los siguientes factores: 

  1. La afectación a una remuneración justa.
  2. La limitación del tiempo de trabajo y el equilibrio entre la vida profesional y privada.
  3. El impacto en la salud física y mental.
  4. La seguridad en el trabajo y el bienestar.
  5. Las responsabilidades asistenciales y familiares.
  6. La igualdad entre hombres y mujeres.

La regulación del Parlamento Europeo está basada en tres ejes principales. El primero es el modelo regulador, pensado no sólo como un derecho del trabajador, sino también con obligación, incluyendo el hecho de promover y abstenerse de realizar este tipo de comunicaciones en las franjas horarias no laborales por parte del empleador. El segundo eje se fundamenta en el ámbito subjetivo protector, pero capaz de admitir excepciones puntuales. El tercer aspecto pretende crear una protección que sea realmente efectiva y no meramente declarativa o informativa.

¿Qué garantiza la desconexión digital?

La desconexión digital se conoce como “el hecho de no realizar actividades o comunicaciones relacionadas con el trabajo por medio de herramientas digitales, directa o indirectamente, fuera del horario laboral” Según la definición del Parlamento Europeo. De hecho, una de las propuestas del Parlamento, es que los estados establezcan diferentes obligaciones a los empleadores de cada país.

Una de estas obligaciones sería la implementación de sistemas de apagado de herramientas digitales, programa o dispositivo de vigilancia relacionado con el empleo. Además de las medidas previamente descritas, se incluyen también el registro laboral diario, realización de evaluaciones de salud, adopción de medidas de concienciación y formación al respecto, entre otras.

La propuesta, aplicable en el ámbito público y privado, permite la “no obligatoriedad” de aplicar el derecho a la desconexión en caso de fuerza mayor o emergencias. Con la condición de notificarlo a las autoridades competentes.

Finalmente, en dicha propuesta también se recoge la opción de adoptar mecanismos para proteger al trabajador ante el trato desfavorable por el ejercicio de su derecho a la desconexión digital; así como de instaurar un régimen sancionador efectivo y disuasorio ante un eventual incumplimiento por parte del empleador.

Nos encontramos ante un nuevo avance en términos de desconexión digital y teletrabajo en Europa, que pone de manifiesto la velocidad a la que evoluciona el entorno digital y, en consecuencia, su regulación.

Desde AVERUM Abogados, somos conscientes de la necesidad de regular un entorno laboral relacionado con las nuevas tecnologías. Por este motivo, es importante hacerse eco de las novedades relacionadas con el Derecho Digital, que en nuestros días sigue siendo una asignatura pendiente en muchos casos.

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